SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0931/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0931/2006-R

Fecha: 22-Sep-2006

II.3.

II.3. Dentro del proceso ordinario de referencia, David Soria Cárdenas solicitó que se dejen sin efecto las anotaciones preventivas sobre sus inmuebles, a cuya consecuencia la Jueza Cuarta de Partido en lo Civil, dictó la Resolución 612/99, de 18 de diciembre de 1999, disponiendo que se proceda al levantamiento de las anotaciones reclamadas, excepto en las partidas 01269882 y 01273120 (fs. 56 a 57), y en apelación, la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz emitió el Auto de Vista 233/2002, de 7 de noviembre, anulando obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta que la autoridad judicial de la causa se pronuncie con la debida fundamentación jurídica respecto a las partidas 01269882 y 01273120 (fs. 49 y vta.).