SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2007-R

Fecha: 03-Ene-2007

II.3.

II.3.  La referida Sentencia fue revocada en parte mediante Auto de Vista 25/05, de 21 de marzo de 2005 dictado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; señalándose en el considerando III que el recurrente contó con el asentimiento de su cónyuge para la disposición de fondos económicos durante la vigencia del matrimonio, lo que se enmarcó en lo previsto por las normas de los arts. 114 y 115 del CF (fs. 16 a 19)