Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2007-R
Fecha: 03-Ene-2007
II.5.
II.5. A través de memorial de 27 de agosto de 2005, el representante de la tercera interesada solicitó explicación y complementación del Auto Supremo 261, en varios puntos, siendo uno de ellos, la petición de que se disponga que el manejo económico efectuado por el demandado de los fondos familiares se averigüe en ejecución de sentencia (fs. 25 a 27).