Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2007-R
Fecha: 22-Ene-2007
I.2.1. Ratificación del recurso
El abogado del recurrente ratificó los términos del recurso planteado y ampliando, señaló que a su solicitud de reincorporación no se le dio el tratamiento de trámite administrativo, porque se le respondió a través de una carta y no mediante una resolución, lo que constituye un acto ilegal, pues si bien la garantía del art. 16.IV de la CPE es más propiamente para procesos, no es menos cierto que en un proceso administrativo tiene que haber el debido y justo proceso, pues no debe admitirse una demanda y luego responder con una carta.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- procedente en parte
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- que no pueda ser subsanado en forma inmediata
- no existe otro medio o recurso para la protección inmediata
- en los casos en que el agotamiento de las vías ordinarias existentes se constituya en un obstáculo formal para acceder a la protección con la inmediatez que el caso singular exige,
- si bien
- protección inmediata
- no agotó el recurso de reconsideración
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR