SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2007-R

Fecha: 22-Ene-2007

III.4.

III.4. Finalmente, cabe aclarar que si bien es cierto que el recurrente, en su calidad de funcionario de la Caja Nacional de Salud, no se encuentra sujeto a las previsiones del Estatuto del Funcionario Público, en virtud a lo señalado por la Ley 2104 de 21 de junio de 2000; no obstante, deberá aplicársele la normativa interna que regula los procesos disciplinarios en dicha institución, resguardando siempre sus derechos y garantías.