Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2007
Fecha: 12-Dic-2007
Fragmento 13
En el caso examinado, el recurrente, a nombre de sus representadas expresa que la RA MNHN 004/2007 de 4 de julio fue pronunciada por la autoridad recurrida sin competencia, toda vez que ésta cesó su interinato a los noventa días de su designación, que su nombramiento quedó sin efecto por la vigencia de la Ley 2389, por la cual el MNHN pasó a depender de la UMSA, y que al tratarse de normas generales, éstas debieron ser aprobadas por un Directorio o cuerpo colegiado de acuerdo al DS 26973 y art. 12 del Estatuto Orgánico del MNHN.
- directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Marianela Subieta Frías
- Marianela Mónica Subieta Frías,
- Resolución Suprema,
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- persona agraviada
- directamente perjudicada, material o moralmente, con el acto o resolución impugnada,
- Fragmento 13
- agravio o perjuicio material
- no se basa en la RA MNHN 004/2007 de 4 de julio-ahora impugnada