Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Evelyn Cordero Palacios en representación de los terceros interesados, Félix Antezana Cabrera, Antonio Aseñas Bernal, Néstor Lenin Flores Melgar, Juan Reyes Montaño Rivera, Oscar Chávez Mercado y Claudio Catarro, representantes de diversas organizaciones vecinales y deportivas, manifestó que se encuentran conformes con el trabajo desempeñado por el recurrente y apoyan el petitorio de éste, en sentido de ser restituido a su cargo de Sub Alcalde del Distrito 4.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1.
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa no ha planteado recurso alguno
- III.2.
- las autoridades legales establecidas en su legislación especial aplicable -municipal- serán las competentes para resolver los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico, derivados de procesos disciplinarios o emergentes de controversias sobre ingreso, promoción y retiro de sus carreras administrativas
- III.3.
- APROBAR