SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

Fragmento 17

          En  ese sentido  las SSCC 0129/2007-R y 0807/2005-R, no son aplicables al caso tomando en cuenta que el fundamento para la revocatoria de las medidas cautelares  sustitutivas a la detención preventiva de las que venía gozando la procesada, como se dijo anteriormente fue  debido a que la misma desapareció de la audiencia del juicio oral y no se volvió a presentar hasta  después  de haber sido declarada rebelde y aprehendida, aspecto que  llevó a los juzgadores a presumir de acuerdo a la sana crítica,  el peligro de fuga y obstaculización, presunción que no fue desvirtuada con la prueba presentada por la representada del recurrente, dado que el certificado médico  no guarda relación en el tiempo con los hechos por los cuales se revocó las medidas cautelares, el certificado migratorio  resulta ajeno  al hecho dado que no se  revocó las medidas  porque se hubiera ausentado o salido del país y el certificado de la Universidad si bien  prueba que tiene familia, la procesada  no justificó  su inasistencia a las audiencias del juicio oral, por consiguiente la fundamentación en las Resoluciones impugnadas tanto del Tribunal Cuarto de Sentencia como de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, resultan suficientes, cuando señalan que no se desvirtuó el peligro de fuga y obstaculización ocasionado por su inconcurrencia a las audiencias del juicio oral, por lo que el recurso en este punto  es improcedente.