Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 29 de mayo de 2003, Carlos Ramiro Rivero Mendoza, en representación de “Minerales y Metales del Oriente S.R.L.”, demandó la nulidad de las concesiones mineras denominadas “Ayoreita” y “Poema”, alegando que su concesionario Freddy Guy Erníquez Vidal, no es el verdadero propietario, sino el ciudadano español José Sánchez La Fuente, incurriéndose así en la prohibición del art. 25 de la CPE y 17 del CM (fs. 116 a 120). La demanda fue admitida por Auto de 30 de mayo de 2003 dictado por el Superintendente Departamental de Minas de Santa Cruz, quien corrió traslado al concesionario (fs. 120 vta).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- denegando
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 11
- no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas
- III.2. La interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- Fragmento 14
- III.4. El caso de autos
- denegado
- APROBAR