SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
II.6.
II.6. La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, a cargo de los Ministros ahora recurridos, dictó la Sentencia 54/2006 de 7 de junio, declarando probada la demanda contenciosa administrativa y en consecuencia nulas las Resoluciones “J” 024/03 de 20 de octubre de 2003, pronunciada por el Superintendente General de Minas, así como las Resoluciones de 22 de julio de 2003 y 1 de septiembre de 2003 dictadas por el Superintendente Departamental de Minas de Santa Cruz, anulando obrados hasta el vicio más antiguo, debiendo realizarse el trámite de nulidad y reversión de las concesiones “Ayoreita” y “Poema” desde su inicio “honrando las normas del debido proceso, y en estricta observancia y respeto a los derechos y garantías constitucionales de las partes proclamadas en el ordenamiento jurídico Nacional” (fs. 1.462 a 1.479).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- denegando
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 11
- no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas
- III.2. La interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- Fragmento 14
- III.4. El caso de autos
- denegado
- APROBAR