AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2007-RCA

Fecha: 09-Feb-2007

a)

Concluye señalando que se han vulnerado sus derechos a la libre asociación, al trabajo y los previstos por el art. 16.II y IV de la CPE, por lo que plantea este recurso constitucional, solicitando que: a) Se declare la ilegalidad de la “intervención” producida en fecha 21 de julio de 2004 en la Cooperativa de Ahorro y Préstamo “Litoral” Ltda., por no haberse adecuado a lo determinado por los Estatutos de la Cooperativa; b) Se disponga su restitución al cargo en el Consejo de Vigilancia de la Cooperativa de Ahorro y Préstamo “Litoral” Ltda. por haber sido elegido democráticamente por las bases a través de voto directo y eleccionario; c) Se declare ilegal y se deje sin efecto los tres memorandos de suspensión indefinida de trabajo por ser atentatoria a su derecho al trabajo y d) se disponga su reincorporación inmediata al grupo “Eduardo Abaroa” por haber sido restringido su derecho al trabajo sin haber observado los Estatutos del Sindicato y de la Cooperativa.