AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2007-RCA

Fecha: 09-Feb-2007

Fragmento 1

En revisión la Resolución 65/06, de 23 de octubre de 2006, cursante a fs. 31 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Donato Quispe Choque contra Cristóbal Benito Tarqui y Víctor Gutiérrez N., Secretario de Relaciones y Secretario de Régimen Interno Trufibuses del Sindicato Mixto Litoral, respectivamente; Bernabé Arévalo Andrade, Antonio Ortiz Flores y Miguel Marquez Ticona, Presidente de la Cooperativa, Presidente del Comité de Recuperación de Créditos en Mora y Presidente del Consejo de Vigilancia de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Litoral” Ltda., respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la libre asociación y al trabajo, consagrados en el art. 7 incs. c) y d) de la Constitución Política del Estado (CPE), y los previstos por el art. 16.II y IV de la misma Ley Fundamental.