AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2007-RCA

Fecha: 09-Feb-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que el 21 de julio de 2004, de manera ilegal la Directiva y él como parte del Consejo de Vigilancia de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Litoral” Ltda., fueron objeto de una arbitraria e ilegal intervención y que en un acto de total desatención y violación a los Estatutos tanto del Sindicato como de la Cooperativa, sin haberse cumplido el procedimiento administrativo alguno los recurridos lo suspendieron de manera indefinida de su fuente laboral y pese a que solicitó su rehabilitación como socio con derecho al trabajo y su restitución al cargo del Consejo de Vigilancia, los recurridos haciendo caso omiso no han revocado ni dejado sin efecto sus ilegales actuaciones. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de amparo obró correctamente al disponer el rechazo del recurso.