SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2007-R

Fecha: 01-Feb-2007

II.6.

II.6.  Por edicto publicado el 29 de enero de 2004, se notificó a la recurrente sobre el proceso en su contra a objeto de que asuma defensa, otorgándole el plazo de diez días para ello, bajo advertido de que de no comparecer se dispondría su juzgamiento en rebeldía (fs. 89); el 27 de febrero de 2004, el Juez correcurrido Rubén Ramírez Conde, de oficio señaló audiencia pública de declaratoria de rebeldía (fs. 92), que se efectuó el 3 de marzo de 2004, en la que se declaró rebeldes y contumaces a la ley a los procesados “Gladys” y Jorge Martínez Jordán, disponiendo su juzgamiento en rebeldía, la suspensión de su derechos de ciudadanía y el secuestro de sus bienes, designándoles abogado defensor de oficio (fs. 93); actuación con la que se notificó a los coprocesados mediante edicto publicado el 29 de marzo de 2004 (fs. 94).