SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2007-R
Fecha: 01-Feb-2007
II.7.
II.7. El 15 de abril de 2004, se efectuó audiencia pública de apertura y vista de la causa seguida de prosecución de los debates, en la que el abogado defensor de oficio se dio por notificado con la prueba de cargo sin observación, indicando además que no había podido tomar contacto con sus defendidos y que al corresponder la carga de la prueba a los acusadores, se ratificaba en la presentada y en el certificado de antecedentes que no cursaba en obrados pero que se suponía era el primer hecho ilícito de sus defendidos, para luego en conclusiones indicar dicho Defensor de Oficio que impugnaba en parte el requerimiento fiscal en lo referente a “Gladys” Martínez Jordán en cuanto a la pena, solicitando se le imponga una pena más benigna (fs. 95 a 99); el 19 de abril de 2004, se realizó audiencia pública de pronunciación de Sentencia penal en forma oral y pública (fs. 100 y vta.), Sentencia 71/2004, de la misma fecha, dictada por el Juez correcurrido Rubén Ramírez Conde, mediante la cual se declaró culpable por el delito de estafa a la representada del recurrente, disponiéndose la notificación mediante edicto (fs. 101 a 104), notificación que se efectuó el 17 de mayo de 2004 (fs. 107), para luego, por Auto de 27 de mayo de 2004, declararse plenamente ejecutoriada la referida Sentencia (fs. 108).