SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2007-R

Fecha: 08-Feb-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita la tutela de los derechos de su representada a la propiedad privada, a la defensa y de la garantía del debido proceso, consagrados por los arts. 7 inc. i), 16.II y IV y 22 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades recurridas puesto que: dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco Bisa S.A. contra su mandante, el Juez de la causa dictó el Auto de 21 de enero de 2005, por el que aprobó el remate efectuado, disponiendo la adjudicación judicial y la extensión de la correspondiente minuta traslativa de dominio, actuación ante la cual su representada interpuso recurso de apelación dentro del plazo previsto por el art. 220 del CPC; sin embargo, los Vocales recurridos dictaron Auto de Vista de 10 de octubre de 2005 anulando el Auto de concesión del recurso y declarando ejecutoriado el Auto impugnado, con el argumento de que la apelación había sido presentada fuera del término de ley, pues a criterio de dicho Tribunal se trataba de un Auto interlocutorio dictado en ejecución de sentencia que debió ser interpuesto dentro de los tres días siguientes a la notificación, limitándose los recurridos a efectuar dicha afirmación sin especificar la disposición legal concreta que respalda ese criterio, por lo que interpone el presente recurso al existir un daño grave e irreparable al haberse aprobado el ilegal remate, adjudicado el inmueble y extendido la escritura de transferencia con peligro inminente de desapoderamiento. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la representada del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.