Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2007-RCA
Fecha: 15-Mar-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 5 de diciembre de 2006, cursante a fs. 31 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Javier Antonio Ignacio Luizaga Neri en representación de Rosendo Mita Yucra contra Oscar freire Arze y Rosario Rioja Estremadoiro, Presidente y Vocal de la Sala Social y Administrativa de dicha Corte, alegando la vulneración de los derechos de su mandante a la defensa, a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE) y 8 de la Convención Americana de San José de Costa Rica.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó” in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- previamente agote los medíos ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- Fragmento 8
- de no darse esta circunstancia
- a) de sujetos
- es necesario recomendar al Tribunal de amparo el uso adecuado de términos durante la etapa de admisibilidad
- APROBAR