SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2007-R

Fecha: 06-Mar-2007

III.5.

III.5.   Para finalizar la presente Sentencia, corresponde señalar que el hecho de que en principio se hubiera tramitado el recurso de apelación presentado por el recurrente, aún sin que sea parte en el proceso seguido contra Antonio Mercado Morales, no implica que tenía derecho a accionar el mismo, sino sólo una deficiencia procesal de los recurridos que no afecta sus derechos fundamentales ni le ocasiona daño o perjuicio alguno; y de igual forma, la negativa a aplicar las normas del art. 222 del CPC referido al derecho extensivo a apelar, en los procesos regidos por dicho Código, a cualquier interesado o a quien cause perjuicio la sentencia, no afecta los derechos del recurrente; ya que dichas normas son para ser aplicadas en procesos civiles, en los que la sentencia puede afectar a otras personas; situación que no se da en procesos penales o éticos, en los cuales la sentencia tiene una sanción personal, como en el caso presente, en consecuencia no pude afectar a nadie más que al sancionado.