SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2007-R
Fecha: 12-Mar-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que sus representados están siendo indebida e ilegalmente perseguidos por el Investigador de DIPROVE, quien ingresó sin orden alguna al taller donde trabajan, suspendiendo el trabajo que se realiza en la reconstrucción de una “chata”, supuestamente robada en la república del Brasil, sin que exista una denuncia o circunstancia. Razón por la que presentaron tres memoriales al recurrido Fiscal Adscrito a DIPROVE, para que los cite como es debido y les haga conocer de la denuncia, recibiendo como respuesta que no existe ninguna denuncia ni informe de inicio de investigación a la autoridad jurisdiccional; empero, el funcionario policial, persiste en esa persecución arbitraria, sin guardar las formalidades legales. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.