SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2007-R
Fecha: 12-Mar-2007
Investigador de DIPROVE,
A su turno, el abogado del correcurrido Investigador de DIPROVE, Vladimir Chávez, señaló que: 1) conforme al informe de su cliente, actuó en forma preventiva y en cumplimiento de la ley, toda vez que existía una denuncia de robo de una “chata”, por lo que el personal de DIPROVE, se constituyó en el taller mecánico de Alejandro Alanes, a objeto de verificar la denuncia, donde se comprobó la existencia de la “chata” robada en el Brasil. En ese entendido al tratarse de la chata robada los funcionarios policiales se limitaron a sugerir al denunciante Napoleón Franco Saavedra, formalice su denuncia, quien adjunta documentación que demuestra ser propietario de la “chata”; 2) la Policía actuó en forma preventiva ya que el fondo de este recurso, es pedir que el representante del Ministerio Público otorgue copias fotostáticas de dicha denuncia, petición que debe hacer la parte recurrente mediante memorial al Fiscal y en caso de negativa al Juez jurisdiccional. Finalmente indica que su cliente nunca realizó una investigación indebida o ilegal, sino procedió a la verificación de la denuncia realizada por Fernando Napoleón Franco Saavedra, solicitando se declare improcedente el recurso.