SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0157/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
Fragmento 17
Dentro de los actuados que informan el cuaderno procesal se tiene que, el Ministerio Público reiteró recusación solicitando que el recusado se pronuncie aceptando o rechazando y en caso de rechazo adecuar el trámite a lo previsto por el art. 320 inc. 2) del CPP, por cuanto se evidencia una incorrecta aplicación del procedimiento, solicitud que dio lugar a un nuevo pronunciamiento del Presidente del Tribunal de Sentencia, quién por Resolución 10/06 de 9 de marzo de 2006, dejó presente que si bien el Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de Trinidad rechazó la excusa sobreviniente, por no corresponder al momento procesal adecuado; sin embargo, ante la reiterada solicitud de recusación efectuada por el Ministerio Público conforme se evidencia por el memorial de 23 de febrero, se allana a la recusación planteada, disponiendo se remitan los de la materia al Tribunal de Sentencia de turno llamado por ley ahora recurrido, quiénes por Auto de 29 de marzo de 2006, rechazaron el allanamiento a la recusación, ordenando continuar con la sustanciación del proceso, con el fundamento que el hecho de las recusaciones interpuestas contra Elvio Cuellar Claure, hayan provocado en él odio y resentimiento en su ánimo hacia las partes, no se encuentra comprendida en ninguna de las causales de excusa previstas por el “art. 318 del CPP, debiendo en todo caso observarse que el numeral 11) del precitado artículo” señala que en ningún caso procederá la separación por ataques y ofensas inferidas al juez, después que este haya comenzado a conocer el proceso.