Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0181/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
recurso de hábeas corpus
En revisión la Sentencia 17/2006 de 19 de diciembre, cursante de fs. 23 a 25, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Paulino Juntuta Felipe en representación de su hijo Willy Juntuta Zenteno contra Julio García Zapata, Director de Radio Patrulla 110 y Nelson Mamani Choque, Administrador del albergue “Mi Casa”, ambos del departamento de Oruro, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la libertad y a la libre locomoción, consagrados en los arts. 6.II y 7 inc. g) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el Reglamento de Comisarías Policiales de Orden y Seguridad, aprobado por Resolución Suprema 212334 de 25 de marzo de 1993, en su art. 10 inc. d) faculta a las Comisarías Policiales, conocer de las faltas y contravenciones policiales sujetas a pena de arresto o sanción pecuniaria
- III.3.
- III.4.
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