SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2007-R

Fecha: 10-Abr-2007

III.3. Sobre la participación del Ministro Héctor Sandoval Parada

La Ley 2156, de 11 de diciembre de 2000, modificatoria de los arts. 48, 62 y 77 de la Ley de Organización Judicial, estableció, modificando el art. 48 que “La Corte Suprema de Justicia la componen doce Ministros, incluido el Presidente y se divide en Salas por materias, cuyo número e integrantes será determinado por su Sala Plena, conforme a las necesidades y requerimientos del servicio de administración de Justicia. La reunión de todos los Ministros constituye Sala Plena.