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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0295/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0295/2007-R

    Fecha: 23-Abr-2007

    II.1.

    II.1.  El 17 de junio de 2006, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal cautelar, dentro del proceso seguido contra Luis Alberto Maygua Aguanta, en la etapa de investigación, con la facultad -según señala dicha autoridad- conferida por el art. 250 con relación al art. 247 del CPP, revocó las medidas sustitutivas y ordenó la detención preventiva del imputado  (fs. 11). Auto con el que el imputado fue notificado el mismo día -según expresa el Auto de 18 de julio de 2006- (fs. 10).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Concluida esta etapa y presentada la acusación, es competencia del Juez o Tribunal de sentencia que conoce la causa, tramitar las solicitudes sobre la aplicación o modificación de dichas medidas cautelares
    • III.3.
    • APRUEBA

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