Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0299/2007-R
Fecha: 23-Abr-2007
II.3.
II.3. Por memorial de 10 de octubre de 2003, Pedro Fernando Reynoso Gómez interpuso recurso de casación (fs. 34 a 35), mereciendo el Auto Supremo de 2 de diciembre de 2003, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, declarando inadmisible el recurso de casación (fs. 39 y vta.).