SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0304/2007-R
Fecha: 23-Abr-2007
I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional.
Por AC 193/2007-CA de 16 de abril (fs. 207 a 208), la Comisión de Admisión de este Tribunal, de oficio, al existir conexitud que justifica la unidad de tramitación y decisión, tal cual prevé el art. 40.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), dispuso la acumulación del recurso de hábeas corpus signado con el número 2007-15651-32-RHC, interpuesto por Clotilde Blanco Chuquimia y otro contra Freddy Alex Gutiérrez Flores, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz y otros al expediente 2007-15641-32-RHC, presentado por Brigida Blanco Chuquimia contra Freddy Alex Gutiérrez Flores, Juez Primero de Instrucción de lo Penal de El Alto Distrito Judicial de La Paz y otros, habiendo sido sorteados ambos expedientes el 26 de marzo de 2007.
- 2007-15641-32-RHC,
- I.1.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 8
- 1)
- i)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- o de manera simultánea a la justicia constitucional a través del recurso de hábeas corpus, garantía que podrá ser utilizada sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas