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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0330/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0330/2007-R

    Fecha: 26-Abr-2007

    II.5.

    II.5.  El Director del "Seduca", por Resolución 12/2005 de 18 de octubre (fs. 14 a 15), anuló obrados "desde el pronunciamiento de la resolución 009/2005" de 2 de septiembre, por no haber sido emitida en tiempo oportuno, y la sanción no estar acorde a la tipificación, debiendo el Tribunal Disciplinario reencausar el trámite observando las normas del debido proceso. La recurrente fue notificada con este fallo el 30 de noviembre de 2005 (fs. 16).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • Resolución 009/2005 de 2 de septiembre
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III.1. El principio de subsidiariedad en el amparo constitucional
    • III.2. El caso ahora analizado
    • sin cuestionar su conformación ni competencia
    • si bien
    • denegado
    • APRUEBA

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