Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2007-R
Fecha: 08-May-2007
denegado
De todo lo expuesto, se concluye que la Corte de amparo, al haber denegado el recurso, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo; con aclaración de que se debió declarar improcedente el recurso venido en revisión, en razón de no haberse ingresado al análisis del fondo de la problemática planteada por los fundamentos expuestos y de acuerdo a lo dispuesto por la SC 0505/2005-R de 10 de mayo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- interpretación y aplicación
- , es condición esencial que el recurrente señale con precisión,
- III.2. El caso ahora analizado
- denegado
- APRUEBA