SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0370/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0370/2007-R

Fecha: 09-May-2007

a)

a) Los actos ilegales cometidos por el Juez de la causa, consistentes en el rechazo a la objeción del recurrente al perito avaluador designado, por no encontrarse debidamente fundada y el rechazo in límine de la excepción de pago parcial opuesta por el recurrente después de ejecutoriada la Sentencia, fueron apelados y confirmados por los Vocales recurridos mediante Auto de 6 de enero de 2006.

La recurrente alega la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso por cuanto: a) El Juez recurrido: a.1) Designó al perito ilegalmente de oficio y rechazó la recusación del mismo presentada de su parte sin darle el trámite incidental que corresponde; a.2) Rechazó la excepción de pago parcial que opuso, sin correr traslado a la parte coactivante, basándose en normas inexistentes; b) Los Vocales recurridos: b.1) Resolvieron ambas apelaciones sin ninguna fundamentación ni motivación y sin observar lo dispuesto por el art. 15 de la LOJ; b.2) No ordenaron la notificación con el decreto de radicatoria, por lo que planteó un incidente de nulidad que fue rechazado al igual que el recurso de reposición interpuesto contra esa ilegal decisión. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 de la CPE.