Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0370/2007-R
Fecha: 09-May-2007
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Osvaldo Céspedes Céspedes, Ramiro Claros Rojas y Edgar Terrazas Melgar, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito, pidiendo sea concedido y se ordene la nulidad del proceso correspondiente al trámite de la apelación hasta el vicio más antiguo, así como la nulidad del Auto de Vista de 6 de enero de 2006 emitido por los Vocales recurridos, condenando a los recurridos al pago de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de su ilegal accionar.