Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2007-R
Fecha: 15-May-2007
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión APRUEBA la Resolución 033/2006 de 9 de junio, cursante de fs. 193 a 195, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho al trabajo
- debido proceso,
- III.2.
- los funcionarios públicos son considerados de carrera
- III.3.
- , al tratarse de un funcionario de libre nombramiento, es también de libre remoción,
- , sólo es suficiente la voluntad de la autoridad que lo nombró
- III.4.
- APRUEBA