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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2007
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2007

    Fecha: 19-Jun-2007

    e)

    e) La Resolución F.G.C.- 077/07 de 14 de febrero de 2007 tiene plena validez, asumiendo que el Instructivo FGR 058/07, merced a la objeción planteada se encontraba pendiente y en suspenso, consiguientemente, no se han usurpado funciones y menos se ha obrado contra la legalidad. El fiscal Santiago Ugarte asumió las funciones de Fiscal de Distrito a.i., de La Paz, a partir del 15 de febrero de 2007.

    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • e)
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La naturaleza del recurso directo de nulidad
    • o estándole reconocida a él, ya expiró su periodo de funciones o está suspendido del ejercicio de las mismas por algún motivo legal
    • III.2. Sobre los efectos de las objeciones a las instrucciones emitidas por el Fiscal General de la República y los Fiscales de Distrito
    • sin perjuicio de manifestar su posición o de objetarla de manera fundada
    • 1.
    • actos dentro de un procedimiento concreto
    • constatándose que el
    • en virtud a la naturaleza de la instrucción emitida, y a lo establecido en el segundo párrafo del art. 57 de la LOMP, suspendía la ejecución del Instructivo 058/07 de 6 de febrero de 2007
    • Fragmento 14

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