Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2007
Fecha: 19-Jun-2007
II.3.
II.3. Por Resolución de 14 de febrero de 2007, el Fiscal General de la República, Mario Uribe Melendres, en mérito a la objeción planteada por Elías Fernando Ganam Cortez contra el Instructivo 058/07, resolvió no haber lugar a “dejar sin efecto” la determinación asumida, manteniéndose incólume en todas sus partes el Instructivo 058/07 de 6 de febrero de 2007 (fs. 28 a 30); Resolución que fue comunicada al recurrido el 15 de abril de 2007, a horas 10:05 (fs. 27).
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- e)
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza del recurso directo de nulidad
- o estándole reconocida a él, ya expiró su periodo de funciones o está suspendido del ejercicio de las mismas por algún motivo legal
- III.2. Sobre los efectos de las objeciones a las instrucciones emitidas por el Fiscal General de la República y los Fiscales de Distrito
- sin perjuicio de manifestar su posición o de objetarla de manera fundada
- 1.
- actos dentro de un procedimiento concreto
- constatándose que el
- en virtud a la naturaleza de la instrucción emitida, y a lo establecido en el segundo párrafo del art. 57 de la LOMP, suspendía la ejecución del Instructivo 058/07 de 6 de febrero de 2007
- Fragmento 14