SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0434/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0434/2007-R

Fecha: 04-Jun-2007

1)

La recurrente solicita la tutela de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada, a la defensa y de la garantía del debido proceso, pues: 1) Se siguió un proceso ejecutivo en base a un documento de crédito en el que figuró como garante hipotecaria, sin tener conocimiento del incumplimiento de la obligación y del proceso, porque jamás se le notificó con la demanda; 2) En el proceso se incurrieron en varias irregularidades como el hecho de demandar a una persona que jamás tuvo que ver con la minuta de préstamo y constitución de garantía, así como en varias representaciones efectuadas y la omisión de notificación con la orden de remate a uno de los fiadores y a la entidad bancaria; 3) En Sentencia, la Jueza recurrida condenó a los ejecutados, sin haber convocado a una audiencia conciliatoria y sin considerar que el ejecutado efectuó una oferta de pago; 4) Enterada de la orden de desalojó, opuso la nulidad de la adjudicación y un incidente de nulidad por falta de notificación con la demanda, Auto intimatorio y Sentencia, que fue rechazado por la Jueza recurrida por Resolución 633/2004, con el argumento de que en la etapa de ejecución no prosperaba la nulidad de adjudicación, sin pronunciarse sobre la nulidad de obrados; y, 5) En apelación, los  Vocales correcurridos por Auto de Vista 513/2005 de 5 de octubre, anularon obrados con el fundamento de que el art. 44 de la LAPCAF estaría destinado sólo a las partes dentro del proceso y no para terceros, sin considerar el art. 52 del CPC. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.