Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0434/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
II.14.
II.14. Por memorial de 25 de noviembre de 2005 (fs. 426 a 427 vta. del anexo 3), la recurrente opuso nulidad de obrados por falta de notificación con la demanda y Auto intimatorio, así como oposición de desapoderamiento. Por Resolución de 28 de noviembre de 2005 (fs. 428 del anexo 3), la Jueza recurrida regularizando procedimiento rechazó los memoriales referidos a la nulidad de adjudicación y de obrados por falta de citación con la demanda, Auto intimatorio y Sentencia. La oposición fue puesta en conocimiento de la parte ejecutante, siendo rechazada por Auto 106/2006 de 16 de febrero (fs. 439 y vta. del anexo 3).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- c)
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- APROBAR