SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2007-R

Fecha: 13-Jun-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Las  recurrentes indican que se han vulnerado los derechos de su mandante a la “tutela judicial efectiva en su rama de la motivación de los fallos y la congruencia entre motivación y fallo” (sic)  y a la seguridad jurídica, señalando al efecto la violación, en ambos casos, del art. 162 de la CPE; además del principio de irrenunciabilidad que rige en materia laboral, por cuanto las autoridades recurridas declararon improcedente in límine  el recurso de amparo constitucional interpuesto sin considerar el principio de irrenunciabilidad que rige en materia laboral y su poderconferente al haber cobrado las primas no ha consentido el fallo pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, pudiendo aún perseguir el pago de los demás derechos que le corresponde. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.