SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2007-R
Fecha: 28-Jun-2007
recurso
En revisión la Resolución 10/2006 de 6 de septiembre, cursante de fs. 87 a 90, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ricardo Gonzáles Mariscal, Wálter Colque Mendivil, Alex Sandro Medina Hervas, Gladys Norma Colque Cárdenas, Edwin Salas Ricaldi y Hugo David Delgadillo Elio contra Gregorio Bernardo Fernández Ayma, Director Técnico del Servicio Departamental de Salud (SEDES) de Oruro, Ana Beatriz Cuellar Salazar, Raúl Salinas Lunario y Miriam Martínez Leytón, miembros del Tribunal Calificador, alegando la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la seguridad jurídica y al debido proceso, previstos en los arts. 6, 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente y denegó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , lo que significa que toda persona puede hacer lo que desee en su vida y con su vida sin que la Sociedad o el Estado puedan realizar intromisiones indebidas en dicha vida privada; pues se entiende que toda persona tiene la absoluta libertad de ejercer sus derechos de la forma que más convenga a sus intereses, con la sola condición de no lesionar el interés colectivo o los derechos de las demás personas, por lo mismo, frente a una eventual lesión o restricción de su derecho fundamental o garantía constitucional la persona tiene la libertad de definir la acción a seguir frente a dicha situación, ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- Esta causal que debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 18
- APRUEBA