SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2007-R
Fecha: 09-Jul-2007
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 21 de julio de 2006 (fs. 156 a 160 vta.), el recurrente aduce que al tomar conocimiento de la Ley Transitoria para la Nacionalización y Regularización de Motorizados Indocumentados, adquirió un vehículo Chevrolet 1995, tipo camioneta, y voluntariamente lo presentó con la declaración jurada que otorga la Aduana Nacional, expresándole que lleve el vehículo el 30 de abril de 2004. El 12 de abril de dicho año, cuando faltaban tres meses para concluir el plazo señalado en la Ley Transitoria, presentó la movilidad, pero el trámite no pudo ser concluido al existir una denuncia de robo en la Argentina, lo que generó que la Aduana de Yacuiba inicie el trámite administrativo de restitución de automotores de acuerdo al Tratado del Mercosur, sin estar éste vigente cuando llevó la camioneta.
Señala que, ante “tanta solicitud (suya)” el Administrador de la Aduana Yacuiba decretó la prescripción y caducidad de derechos para el supuesto propietario del exterior, con lo que solicitó al Fiscal requiera el desmarque ante las oficinas del Registro Único Automotor (RUA) y la Dirección Departamental de Prevención e Investigación de Robo de Vehículos (Diprove); posteriormente se trasladó a la ciudad de La Paz, presentó sus documentos antes dichas instancias, y luego de cuatro a cinco meses se concretó el mencionado desmarque, con lo que la camioneta quedó saneada de la denuncia de robo, apta para el trámite de nacionalización, el cual no concluye en la Administración de la Aduana Yacuiba pese a sus solicitudes, además que el Gerente recurrido ha ordenado la anulación de obrados hasta el supuesto vicio más antiguo, desconociendo la cosa juzgada que operó en su caso. Invoca las SSCC 0182/2006-R 0046/2006-R y 0236/2006-R, similares a este caso y de cumplimiento obligatorio.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad en el recurso de amparo constitucional
- SC 1337/2003-R de 15 de septiembre
- III.2. Análisis del presente caso
- hasta culminar con el Gerente General de la Aduana Nacional,
- Fragmento 16
- III.3. Legitimación pasiva respecto del Gerente Regional de la Aduana de Tarija
- APRUEBA