SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2007-R

Fecha: 09-Jul-2007

II.3.

II.3.  El 1 y 21 de abril, 26 y 29 de julio de 2005 (fs. 109 a 110, 113 a 114, 123 a 124 y 131 y vta.), el hoy recurrente solicitó al Administrador de la Aduana en Yacuiba, la prescripción y caducidad de derechos, el desmarque del vehículo y la conclusión del trámite de nacionalización, dando lugar a que, a través de la  RA 305-05 de 3 de agosto de 2005 (fs. 134 a 135), dicha autoridad declare la caducidad y extinción del derecho de la empresa aseguradora antes referida a reclamar la entrega material del motorizado, por no haberse apersonado a recogerlo dentro de los sesenta días a partir de la notificación con la Resolución que ordenó la restitución, en aplicación del art. 22 del Acuerdo de Asunción.