SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2007-R
Fecha: 16-Jul-2007
III.2 Caso examinado
En la especie, dicho entendimiento también es aplicable; por cuanto de los antecedentes procesales remitidos a este Tribunal, se constata que por Sentencia 04/2006 de 3 de mayo (fs. 55 a 62 vta.), dictada por el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso penal que les siguieron Raúl Héctor Cuenca Foronda, Gustavo Quispe Flores y Constantina Hinojosa Espada, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, se declaró a los recurrentes autores del delito de estelionato, condenándolos a sufrir la pena privativa de libertad de cuatro años de reclusión en la cárcel pública de Sucre y absolviéndolos por el delito de estafa, debiendo pagar costas, daños y perjuicios si hubiere lugar a ellos, y disponiendo se libre mandamiento de condena una vez que se ejecutorie dicho fallo; y dado que el referido proceso penal concluyó también en su fase de casación ante los Ministros correcurridos; se advierte asimismo del informe prestado por el Juez Técnico correcurrido -que no fue desvirtuado por los recurrentes- que éstos pretenden a ultranza evitar la ejecución del mandamiento de condena que pesa sobre ellos.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.
- 4.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III.1. Procesamiento y detención indebidos por no declararse extinción de la etapa preparatoria
- a través de este recurso no se pueden examinar actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad'
- III.2 Caso examinado
- APRUEBA