SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0637/2007-R
Fecha: 23-Jul-2007
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2005, el recurrente por sus representados, interpuso recurso de anulación contra el Laudo Arbitral 003/2005, invocando como causal de anulación el art. 63.II.6 refiriendo que los árbitros viciaron el procedimiento al omitir de manera incorrecta pronunciarse sobre las controversias arbitrales y declararse incompetentes bajo argumentos inconsistentes y sin que concurra análisis del convenio y compromiso arbitral existentes, por lo que solicitaba que al haberse incurrido en dicha causal de anulación el Juez recurrido debía anular el Laudo Arbitral y ordenar que se pronuncie resolución sobre las divergencias concurrentes y deducidas en la demanda arbitral; asimismo en parte de la fundamentación efectuada en el recurso de anulación, el recurrente alegó que los árbitros habrían infringido y quebrantado el procedimiento previsto en la ley para dictar su Laudo, conculcando concretamente los arts. 1, 2 numerales 1 y 3, 10, 11, 13, 15, 54 y 56 de la LAC (fs. 837 a 847), recurso que fue concedido por el Tribunal Arbitral por Auto de 21 de octubre de 2005, disponiendo remisión del expediente ante la instancia judicial para su resolución (fs. 857 a 859).