SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2007-R

Fecha: 25-Jul-2007

concedió en parte

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional, pronunció Resolución que concedió en parte el recurso, en cuyo mérito anuló obrados hasta que el Tribunal de Honor  del Colegio de Abogados de Santa Cruz, dicte nuevo auto de apertura de proceso disciplinario, subsanando las omisiones extrañadas conforme a derecho, sin responsabilidad, por el acogimiento parcial, con los siguientes fundamentos: 1) El Banco Económico S.A., presentó denuncia contra el recurrente, citando erróneamente disposiciones contenidas en el Código abrogado (DS 11788); el Tribunal de primera instancia, en conocimiento de los hechos relatados en dicha denuncia, debió adecuar la conducta del ahora recurrente, a las faltas  pertinentes previstas en el Código de Ética de ejercicio Profesional de Abogacía, DS 26052 vigente, o en su caso previo al Auto de apertura, disponer que el denunciante adecue su denuncia al marco legal vigente, en resguardo del debido proceso, guardando todas las formalidades y regulaciones que la Ley especifica, a fin de que quienes intervienen en él, no sufran menoscabo en sus derechos y garantías, lo que no ocurrió en el sublite, pues incurrió en omisión indebida vulnerando la seguridad jurídica, el debido proceso y dentro de él el derecho a la defensa  y el principio de congruencia; 2) Teniendo en cuenta que las Resoluciones impugnadas no han incorporado decisiones, pues no constituye materia de sus atribuciones, respecto a materia salarial (honorarios que se encuentran en sede civil); y la aplicación de suspensión del ejercicio profesional, entre tanto emerja de proceso debido, se constituye en legal; no advirtiéndose por parte de los demandados acto ilegal u omisión indebida relacionados a tales derechos, respecto a ellos corresponde denegar la tutela solicitada.