SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2007-R

Fecha: 25-Jul-2007

II.7.

II.7.  La entidad bancaria denunciante, ante la nulidad de obrados, interpuso nuevo recurso de apelación apoyándose en el art. 48 del CEPA vigente, impugnando la falta de aplicación del art. 69 del citado Código,  solicitando la sanción de suspensión de dos años, al haberse establecido que el abogado procesado incurrió en infracción del art. 14 del cuerpo legal citado (fs. 538 a 541 del anexo 3).

De la misma manera el abogado denunciado, ahora recurrente, planteó nueva apelación, argumentando que el proceso de que es objeto es sólo un chantaje para que desista del cobro de sus honorarios profesionales, impugnando mala apreciación de las pruebas y Resoluciones sin ningún fundamento legal, conclusiones forzadas y subjetivas, incongruencia en el fallo por haber otorgado más de lo pedido, errores cometidos por el denunciante al haber basado su denuncia en el Código de Ética Profesional abrogado, solicitando en definitiva se anulen obrados y se rechace la denuncia (fs. 550 a 557 del anexo 3), siendo contestados por las partes (fs. 558 a 559 vta. y 563 a 568 del anexo 3).