SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2007-R
Fecha: 25-Jul-2007
II.6.
II.6. Contra dicho fallo, interpusieron recurso de apelación tanto la entidad bancaria solicitando la suspensión del denunciado por dos años (fs. 445 a 447 del nexo 3), como el denunciado, aduciendo mala apreciación de la prueba y Resolución sin ningún fundamento legal, incongruencia por haber otorgado más de lo pedido en la denuncia, interpretación errónea de los artículos del Código de Ética Profesional, haber pronunciado la resolución fuera de plazo, nulidad de notificación y finalmente nulidad de obrados (fs. 461 a 470 del anexo 3), los que fueron resueltos por el Tribunal Nacional de Honor, mediante Auto de 1 de septiembre de 2005, anulando obrados hasta que se notifique legalmente con la Sentencia al abogado denunciado, pues la practicada fue sentada por persona que dos días antes había cesado en sus funciones como Oficial de Diligencias (fs. 534 a 536 del anexo 3).