AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2007-RCA

Fecha: 13-Ago-2007

I.1. Síntesis de la demanda

I.1. Síntesis de la demandaPor memorial presentado el 2 de mayo de 2007, cursante de fs. 285 a 287 de obrados, los recurrentes manifiestas que dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco de Crédito de Bolivia SA en su contra, se dictó Sentencia 12/98 de 15 de enero de 1998, disponiendo que los ejecutados paguen una suma de dinero a favor del Banco ejecutante; ejecutoriada la Sentencia, se procedió al embargo, remate y consiguiente adjudicación del inmueble otorgado en garantía a favor de José María Riveros Saavedra, habiendo con dicha venta judicial, conforme al art. 545 del Código de Procedimiento Civil (CPC), concluido el proceso ejecutivo y en consecuencia perdido competencia la Jueza recurrida.

Alegan que el nuevo propietario del bien adjudicado transfirió dicho bien a favor de una tercera persona ajena al proceso, que coincidentemente fue el Banco de Crédito ejecutante; no obstante la transferencia señalada “el mismo erróneamente reitera mediante memorial de fs. 374 el desapoderamiento del bien adjudicado a favor de José María Riveros” (sic), quien ya no tenía nada que ver a raíz de la transferencia; empero, la Jueza recurrida prorrogando ilegalmente su competencia en un proceso que ya concluyó, rechazó su oposición al remate por inejecución de Sentencia, disponiendo se expida mandamiento de desapoderamiento mediante Resolución 164/07 de 5 de marzo de 2007, por lo que interponen el presente recurso de amparo constitucional solicitando sea declarado procedente.