Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.3.
II.3. En mérito a que el demandante Hugo Pórcel Aireyu solicitó la notificación con la Sentencia mediante comisión instruida, cursa una representación del Notario de Fe Pública de Charagua haciendo constar que, el 16 de octubre de 2006, entregó copia del documento al Presidente de la Cooperativa de Servicios Públicos Charagua Ltda., ahora representado de la recurrente, Nicanor Marca Calle, quien se negó a firmar (fs. 118 vta.).