Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.5.
II.5. Mediante decreto de 18 de enero de 2007, en virtud de las liquidaciones practicadas, se ordenó se notifique al demandado para que a tercero día de su legal notificación cancele el reajuste de los beneficios sociales en la suma de Bs13 123,85.- (trece mil ciento veintitrés con 85/100 bolivianos) más los beneficios sociales establecidos en Sentencia en Bs. 60 395, 09.-(sesenta mil trescientos noventa y cinco con 09/100 bolivianos), haciendo un total de Bs73 518,94.- (setenta y tres mil quinientos dieciocho con 94/100 bolivianos) (fs. 135).