SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0692/2007-R
Fecha: 09-Ago-2007
II.7.
II.7. El 20 de abril de 2006, la recurrente interpuso recurso de hábeas corpus contra Margot Pérez Montaño, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, Willams Dávila Salcedo, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal y René Delgado Ecos, Juez Tercero de Sentencia en lo Penal, todos del Distrito Judicial de La Paz, denunciando la vulneración de su derecho a la libertad y de la garantía del debido proceso, recurso en el que no se exponen los argumentos ahora denunciados, y que fue resuelto mediante la SC 0733/2006-R de 26 de julio, Sentencia que aprobó en parte la Resolución 188/2006 de 22 de abril respecto a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, disponiendo se regularice el procedimiento para la ejecución del mandamiento de condena y Revocó declarando la improcedencia del recurso respecto a los Jueces Quinto de Instrucción en lo Penal y Tercero de Sentencia (fs. 346 a 357), recurso que fue devuelto el 2 de agosto de 2006 (fs. 323) disponiéndose el cúmplase y notificación a las partes mediante providencia de 8 de agosto de 2006 (fs. 323 vta.).
- recurso
- 1)
- a)
- i)
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- lo que implica que esta vía se activa inmediatamente de haberse producido la lesión, sino hubieren otras vías, o de haber agotado las vías legales ordinarias idóneas y efectivas si es que existen
- III.2. El caso analizado
- III.3. Terminología adecuada
- APROBAR