SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0713/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0713/2007-R

Fecha: 15-Ago-2007

III.4.

III.4. Con relación a los supuestos actos lesivos en los que habría incurrido el recurrido Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz y que fueron denunciados a través del presente recurso de amparo constitucional, corresponde señalar que al haber sido dichos actos denunciados e impugnados en las dos apelaciones interpuestas por el recurrente y que fueron elevadas a conocimiento de la Sala correcurrida, este Tribunal Constitucional está exento de ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada y de la supuesta lesión del derecho a la defensa también invocado, en razón a que corresponde al tribunal de alzada resolver las apelaciones conforme a ley; es decir, que habiéndose formulado el recurso de amparo constitucional contra las autoridades jurisdiccionales: juez de la causa y tribunal de alzada, al advertirse una evidente lesión a la garantía del debido proceso en que incurrió el tribunal de alzada y debiendo en consecuencia emitir nueva resolución, no corresponde a la jurisdicción constitucional pronunciarse respecto de las actuaciones del inferior, mismas que deben ser analizadas por el tribunal ad-quem.