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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2007-R

    Fecha: 17-Ago-2007

    denegado

    En consecuencia, se concluye que el Tribunal de amparo, al haber denegado el recurso, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo; empero, corresponde ser declarado improcedente, al no haberse ingresado al estudio del fondo de la problemática, debiendo además modificarse la cuantía de las costas y multas impuestas por ser excesivas.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Requisitos para la procedencia de la tutela sobre el derecho de petición
    • III.2. El principio de subsidiariedad del amparo
    • III.3. Análisis del presente caso
    • III.4. Sobre la concesión, denegatoria y la declaratoria de improcedencia del amparo
    • denegado
    • APRUEBA

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